La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires dictó una medida precautelar que obliga al Gobierno porteño a habilitar un sistema de registro de asistencia alternativo para un empleado público que se negó a entregar sus datos biométricos faciales.
La resolución fue adoptada por la jueza Patricia López Vergara, del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N°6, quien el pasado 14 de octubre dispuso suspender la obligatoriedad del nuevo sistema de control de presentismo por reconocimiento facial en el edificio del Palacio Lezama, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Un amparo por protección de datos personales
La medida surgió tras una acción de amparo presentada por el abogado Jonatan Baldiviezo, integrante del Observatorio del Derecho a la Ciudad, que denunció la “ilegalidad e inconstitucionalidad” del sistema por requerir datos biométricos sensibles para controlar la asistencia del personal.
Según el Observatorio, el conflicto se inició el 16 de septiembre, cuando el Ministerio de Hacienda porteño notificó el reemplazo del registro por huella digital por un nuevo sistema de reconocimiento facial. El demandante alegó que hasta entonces coexistían dos métodos de ingreso —huella dactilar y número de DNI—, pero que desde el 30 de septiembre de 2025 sólo quedó habilitado el sistema facial, lo que derivó en una ausencia injustificada.
La demanda sostiene que la medida es “ilegal y arbitraria” por violar la Ley de Protección de Datos Personales, al requerir información considerada “sensible” sin consentimiento libre ni evaluación de impacto previa.
La decisión judicial y las exigencias al Gobierno
En su resolución, la jueza López Vergara ordenó al Ejecutivo porteño restablecer el registro por huella dactilar y permitir el ingreso mediante DNI al trabajador afectado, en un plazo máximo de dos días hábiles.
Asimismo, intimó al Gobierno de la Ciudad a informar en diez días los fundamentos normativos del nuevo sistema, si se realizó una evaluación de impacto, si la base de datos fue debidamente registrada ante la autoridad correspondiente y si existen alternativas para quienes no otorguen su consentimiento.
La magistrada advirtió que, en caso de incumplimiento, se aplicarán multas diarias de $10.000 al Director General de Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda.
Finalmente, Baldiviezo celebró la medida y la consideró “un precedente clave para la protección de los datos personales y la dignidad de los trabajadores”.














